sábado, 5 de abril de 2008

REGIMEN PATRIMONIAL DEL ESTADO (primera parte )
PATRIMONIO DEL ESTADO
Conjunto de elementos materiales tanto del dominio público, como del privado, bienes y derechos, e ingresos, cuya titularidad es del propio Estado, ya sea en forma directa o indirecta, y que le sirven para el cumplimiento de su actividad y cometidos.
*Activo o Positivo: Bienes inmuebles, muebles, derechos.
*Pasivo o Negativo: Cargas y obligaciones de carácter pecuniario.

PROPIEDAD ORIGINARIA
Art. 27 Const.
Significa que la Nación Mexicana es la primera propietaria de las tierras y aguas comprendidas dentro y fuera del territorio nacional, y que a partir de ella, por la trasmisión del dominio de tales bienes, surge la propiedad derivada, es decir la propiedad privada.

CLASIFICACION
*BALDIOS. Los que no han salido de su dominio por titulo legalmente expedido, y que no han sido destinados ni medidos.
*NACIONALES. Los baldíos y medidos, los provenientes de demasías cuyos poseedores no los adquieran y los que recobre la Nación por virtud de nulidad de los títulos que respecto de ellos se hubieren otorgado.
*DEMASÍAS. Poseídos por particulares con título primordial y en extensión mayor de la que éste determine, encontrándose el exceso dentro de los linderos marcados por el titulo, y por lo mismo, confundido en su totalidad con la superficie titulada.

DOMINIO DIRECTO.
Art. 27 Const.
DEFINICION.
Se dice que es un dominio eminente, semejante al que conserva el dueño de la enfiteusis, facultad especial del Soberano.
Sobre los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, minerales o sustancias que en vetas, mantas, masas, etc.

CLASIFICACION
a) Recursos Naturales de la Plataforma Continental y los Zócalos Submarinos de las Islas.
b) Recursos Minerales: Cobre, plomo, yeso, talco, etc.
c) Petróleo: exploración, explotación, refinación, trasporte, etc.
d) Espacio situado sobre el territorio nacional
*aire: elemento gaseoso, móvil, de renovación perenne
*espacio aéreo: limitado en forma horizontal (fronteras) vertical (atmosfera terrestre)
e) Aguas Nacionales: Mares territoriales, lagunas, lagos, esteros, ríos, manantiales.
*mares territoriales: zona entre las costas y aguas internas del Estado, Costanero y altamar.
*aguas marinas interiores: entre la costa y las líneas de base.

USO, APROBECHAMIENTO Y EXPLOTACION:
El uso y aprovechamiento debe hacerse mediante concesiones.
Asignación Minera: Acto por el cual el Estado otorga a las entidades públicas mineras el derecho de explotar las sustancias minerales contenidas en la zona motivo de asignación, así como los derechos conexos necesarios para poder efectuar dichos trabajos de explotación.
1.- Exploración: localizar, identificar, cuantificar las sustancias minerales existentes en el lote minero, investigaciones y reconocimientos geológicos, se hará para ocho sustancias diferentes y por tres años.
2.- Explotación: aprovechar sustancias mineras que obtenga de su trabajo, para ocho sustancias por 25 años.
3.- Plantas de Beneficio: establecimiento industrial en el que se realicen sobre sustancias minerales de procedencia nacional o extranjera operaciones de preparación mecánica o tratamiento minero-metalúrgico, por 25 años.
*Servicio privado: para el titular o causahabiente de la concesión minera.
*Servicio público: tratamiento de minerales de terceros, para el Estado.
4.- Especiales para la explotación de reservas nacionales:
*Destinados a necesidades futuras
*El Estado a través de la Comisión de Fomento Minero y Empresas Estatales Mayoritarias, como son Azufre, fosforo, potasio, hierro y carbón.
Asignaciones de Aguas Nacionales:
1.- Forma Libre: Medios manuales para fines domésticos.
2.- Asignación a organismos descentralizados, el abastecimiento de agua y energía eléctrica.
3.- Por conducto de órganos dependientes de la Secretaria de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en distritos de riego, desarrollo rural, drenaje y protección, acuacultura.
4.- Por concesión administrativa a personas físicas o morales, mexicanas. No mayor a 50 años debe ser la concesión.
5.- Por dotación, restitución, servicios públicos urbanos, abrevaderos de ganado, riego de terrenos, industrias, acuacultura, energía eléctrica para servicios públicos y privados, lavado y entarquinamiento de terrenos.

DOMINIO PÚBLICO
Son las cosas públicas que quedan sustraídas al comercio ordinario del derecho privado.
Es el derecho de propiedad que el Estado tiene sobre determinados bienes, que de acuerdo con la legislación mexicana están destinados al uso común, al servicio de las dependencias del gobierno federal, a un servicio público, y los que de manera general estén afectados o destinados a un propósito de interés general, son inalienables e imprescriptibles, también conocidos como BIENES DOMINICALES.

NATURALEZA JURÍDICA
a) TEORIA DE LA SOBERANIA: El Estado ejerce su derecho soberano, no son bienes propiedad del Estado, si no de cosas sin dueño y fuera del comercio, no susceptibles de apropiación individual.
b) TEORIA DE LA PROPIEDAD DEL PUEBLO: El pueblo es el propietario del dominico público, a él le corresponde el uso común, y el Estado actúa como representante, administrándolos y conservándolos.
c) TEORIA DE LA PROPIEDD PRIVADA DEL ESTADO: Relación o vínculo de la persona con la cosa.
d) TEORIA DE LA PROPIEDAD PUBLICA DEL ESTADO: Nace de trasladar la institución de la propiedad al ámbito administrativo, lo que se traduce en un régimen propio y distinto, orientado hacia el destino y afectación del bien.

FORMAS DE AFECTACION DE BIENES AL DOMINIO PUBLICO
*DOMINIO NATURAL: Aquellos bienes que son tomados en el estado en que la naturaleza los presenta (mar, suelo, aguas, espacio aéreo, etc.)se crea por medio de una ley, en este caso es la Ley General de Bienes Nacionales, y se extingue por medio de una reforma de ley.
*DOMINIO ARTIFICIAL: Bienes cuya creación o existencia depende de un hecho humano (monumentos arqueológicos, históricos o artísticos, edificios destinados u oficinas públicas, expedientes de las oficinas públicas, etc. Este se da por medio de un decreto de incorporación y se extingue a través de otro decreto del ejecutivo federal.

ELEMENTOS:
Subjetivo: sujeto o titular de los bienes del dominio público, Es decir, el Estado.
Objetivo: objetos, bienes o cosas, como el suelo, mar, playas, mapas, documentos, derechos, bienes incorpóreos, etc.
Teleológico: el fin que deben perseguir los objetos.
Normativo o Legal: ordenamiento legal que crea la dominicalidad, por una Ley del Congreso de la Unión.

CLASIFICACION
*uso común: espacio aéreo, mar territorial, playas, riberas, muelles, carreteras, plazas, parques, monumentos.
*terrenos baldíos
*servidumbres

REGIMEN JURIDICO
*Art. 27 Const.
*Ley General de Bienes Nacionales
*Ley Minera
*Ley Federal de Aguas

UTILIZACION DEL DOMINIO PUBLICO
*USO INDERECTO: Prestación de servicios públicos, en cuestión de orden administrativo interno, que no da lugar a relaciones jurídicas entre la administración pública y los administrados, pues estos lo hacen a través de un servicio público.
Inmuebles de los tres poderes, predios rústicos para servicios de la federación, oficinas administrativas, templos de culto público.
Los órganos del Estado utilizaran los bienes considerados de servicio público por medio de una figura que se conoce en nuestro sistema jurídico como DESTINO que es un acto administrativo por el que un órgano administrativo competente otorga un derecho a favor de otro órgano del Estado para el uso, aprovechamiento o explotación de tales bienes.
*USO DIRECTO:
*Colectivo o de uso común: espacio aéreo, mar, playas, riberas, caminos, carreteras, malecones, plazas, parques, monumentos.
*De uso especial: los cuales solo pueden utilizar a través de un permiso o concesión.
- Concesión de uso: sobre inmuebles, no otorga derechos reales, son para un plazo de 20 años, no pueden ser objeto de subconcesión, arrendamiento, comodato, gravamen. Dicha concesión se extingue por el vencimiento de un plazo, renuncia del concesionario, desaparición de su finalidad o del bien objeto de la concesión, por nulidad (incompetencia del funcionario, violación de preceptos legales, error, dolo, violencia),por revocación (dejar de cumplir con el fin, de no pagar los productos, no cumplir condiciones, hacer obras no autorizadas), caducidad (no ejercer un derecho es decir, que no inicie la explotación), declaratoria de rescate ( opera mediante indemnización, por causas de utilidad o interés público).
- Permiso de uso: para usos especiales complementarios, accesorios, o transitorios para reservas industriales, alumbramiento de aguas, remueve un obstáculo para el ejercicio de un derecho preexistente, es precario, sujeto al pago de una contraprestación (der o cuotas) a favor del otorgante y a cargo del permisionario.

UTILIZACION DIRECTA POR LA ADMINISTRACION PUBLICA
*Generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento d energía eléctrica (vapor del agua, agua superior a 80°, corrientes de los ríos)
*Explotación del petróleo y los hidrocarburos.
*Minerales radioactivos.
*Explora, explota, censura y administra recursos naturales renovables o no, de los fondos marinos, incluyendo el subsuelo y aguas adyacentes, preservación del medio marino.

BIENES DE DOMINIO PRIVADO.
Pertenecen al Estado bajo el mismo titulo y en las mismas condiciones que los pertenecientes a los particulares. Todos los que no hayan sido destinados al uso común, servicio pública, o a un propósito de interés general.

CLASIFICACIÓN
*bienes dentro del DF vacantes.
*bienes muebles o inmuebles que por cualquier titulo jurídico adquiera la federación
*inmuebles constituidos en reserva territorial, desarrollo urbano y habitacional.

Son inembargables e imprescriptibles pero si son alienables, pueden ser objeto de:
- Transmisión de dominio, oneroso o gratuito, a favor de instituciones publicas para habitación popular.
- Permuta con entidades paraestatales o gobiernos estatales o municipales.
- Enajenación a titulo oneroso para adquirir otros inmuebles.
- Donación a favor de gobiernos estatales o municipales
- Arrendamiento, donación o comodato a asociaciones o instituciones privadas de interés social, sin fines de lucro.
- Enajenación a titulo oneroso a favor de personas privadas, para crear, fomentar, conservar una empresa de beneficio a la colectividad.
Todas las ventas deben hacerse hacen un Notario Público.
Se hará la venta por licitación pública, excepto cuando no existan más de 3 postores idóneos, o cuando el monto de los bienes no exceda a 500 días de salario mínimo.
No pueden ser enajenados a servidores públicos.

REGIMEN JURÍDICO
Los bienes muebles se rigen por la Ley General de Bienes Nacionales y supletoriamente por el Código Civil Federal.
Pueden ser objeto de toda clase de contratos que regula el derecho común, con excepción de la donación y del comodato que no sea a favor de los gobiernos de los estados o municipios para ser utilizados en los servicios públicos locales, con fines educativos, o de asistencia social, o bien de asociaciones o instituciones privadas que no persiguen fines de lucro y que realicen actividades de interés social. El Estado es un particular más.

domingo, 11 de noviembre de 2007


Tema 8
Organización administrativa estatal y municipal
Aspectos generales:
Ø Federal
Ø Estatal
Ø Municipal
El pueblo Mexicano en una República Representativa, Democrática, Federal, compuesta de Estados libres y soberanos en un régimen interior pero unidos a una Federación.
Compuesta de 31 estados y 1 distrito federal
ü Soberanía: como autoridad superior – federal
ü Autonomía: se da sus propias leyes - estatal
ü Autarquía: administra en los términos que la ley le es impuesta municipal Estatal
Los Estados deben tener una forma de Gobierno Republicano, Representativo y Popular, con gobernadores de elección directa su cargo será de seis años
El Gobernador del Estado es el encargado de la Administración Publica
Sus facultades:
1. Nombrar y remover libremente a los funcionarios y empleados estatales
2. Proveer en la esfera administrativa
3. Elaborar el reglamento que juzgue necesarios para la ejecución y cumplimiento de las Leyes.
El Secretario de Gobierno supe las faltas temporales del Gobernador.
La estructura de la Administración Publica del Estado:
Administración central: unidades administrativas de salud publica, comunicación social, auditorias y coordinación de servicios de asesoría y apoyo técnico.
a) Secretaria de Gobierno: política interna del Estado
b) Secretarias de finanzas y planeación: encargadas a la administración financiera y tributaria del estado (planeación, programación, presupuestario y evaluación)
c) Secretaria de trabajo: articulo 27 y 28 constitucional
d) Secretaria de educación, cultura y bienestar social: fija y ejecuta la política educativa, cultural y de bienestar social de la entidad
e) Secretaria de desarrollo urbano y obras publicas: orden de asentamientos humanos, regula el desarrollo urbano, proyecta y ejecuta las obras publicas
f) Secretarias de comunicaciones y transporte: desarrollo y la administración de la red de carreteras
g) Secretaria de ecología: formulación y evaluación de la política estatal en materia de ecología
h) Secretaria de desarrollo agropecuario: regula, promueve y fomenta el desarrollo agrícola, ganadero, forestal e hidrológico, agroindustrias y la de coadyuvar el la atención y solución de problemas agrarios
i) Secretaria de desarrollo económico: promueve y fomenta el desarrollo industrial y comercial
j) Secretaria de administración: presta el apoyo administrativo que requieren las dependencias
k) Secretaria de contraloría: vigilancia, fiscalización y control de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la Administración Pública.
Órganos jurisdiccionales de la Administración Publica:
Tribunal de Arbitraje
Junta local de Conciliación y Arbitraje y
Un tribunal de lo contencioso administrativo
Administración paraestatal: integrada por los organismos
a) Organismos descentralizados
b) Empresas de participación estatal
c) Fidecomisos públicos
Estructura de la Administración Publica Municipal
Es un Municipio Libre
Su organización y funcionamiento
a) Tendrá personalidad jurídica y patrimonio propia
b) Administrado por un ayuntamiento
c) Compuesto por un presidente, regidores y síndicos
d) Deberán prestar servicios públicos
e) El estado deberá
Administrar libremente su hacienda
Prestar servicios públicos
Celebrar convenios con los estados para asumir la prestación de servicios
Los centros de población:
v Cuidad: mas de quince mil habitantes, servicio publico, servicio medico, equipamiento urbano, hospital, mercados, rastro, cárcel y panteón, instituciones bancarias, industriales, comerciales y agrícolas, y centros educativos (preescolar, primaria, secundaria y prepas)
v Villa: entre cinco mil y quince mil habitantes, servicio publico, servicio medico, equipamiento urbano, hospital, mercado, cárcel, panteón, centros educativos
v Pueblo: entre mil y cinco mil habitantes, servicios públicos indispensables y centros de enseñanza
v Rancherías: entre quinientos y mil habitantes, escuelas rurales delegación o subdelegación municipal
v Caserío: hasta quinientos habitantes

Los municipios están integrados por:
a) Presidente municipal: sus facultades
Ser representante legal del municipio
Proponer los nombramientos de secretario, tesorero y los titulares de las dependencias y organismos auxiliares de contratar y concentrar previo acuerdo a la prestación de servicios
Verificar la recaudación de las contribuciones y demos ingresos propios de municipio se realicen conforme a las disposiciones legales
b) Los síndicos: tienes a su cargo
La procuración
Defensa y promoción de los intereses municipales
La prestación jurídica de los ayuntamientos en los litigios ( negocio de la hacienda municipal y la vigilancia del patrimonio del municipio)
c) Los regidores: tienen a su cargo
Vigilancia y atención del ramo de la administración municipal
Formar parte de las comisiones
Suplen las ausencias de los presidentes municipales
Las comisiones
Estudian, examinan, y resuelven los problemas municipales y vigila que se ejecute las disposiciones y acuerdos
Pueden ser:
a) Permanentes
De gobernación, seguridad publica, y transito, protección civil
De planificación y desarrollo
De hacienda
De agua, drenaje y alcantarillado
De mercados, centrales y rastros
De alumbrado publico
De obras públicas y de desarrollo urbano
De fomento agropecuario y desarrollo urbano
De parques, jardines y panteones
De cultura y educación publica, y deportes y recreación
De turismo
De preservación y de restauración de medio ambiente
De empleo
De salud publica
De población
De revisión y actualización de la reglamentación municipal
b) Transitorias: son aquellas que designan para la atención de problemas especiales o situaciones emergentes o eventuales
Existen otros organismos auxiliares de los ayuntamientos como son los concejos de participación ciudadana, las organizaciones representativas de la comunidad y protección civil.

Los servicios públicos que debe contar el municipio:
a) Agua potable y alcantarillado
b) Alumbrado publico
c) Limpia
d) Mercado y centrales de abasto
e) Panteones
f) Rastro
g) Calles, parques, aéreas verdes y recreativas
h) Seguridad publica y transito
Estructura de la Administración Publica del Distrito Federal
Sede los poderes de la Unión y recibe el nombre de Distrito Federal
En el Distrito Federal albergan las oficinas de los poderes federales, que tiene u territorio de mayor extensión, tiene tradición histórica, centro cultural político y financiero de la Nación
La reforma Política del Distrito Federal
El 25 de octubre de 1993 se establece una Administración Pública Local, la que estará a cargo del citado jefe de gobierno. La cual los poderes federales no perdieron su intervención.
En 1996 mantiene para el distrito federal un gobierno propio, con la intervención de los poderes federales, y la participación de los órganos locales que son: la Asamblea Legislativa, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y el Tribunal Superior de Justicioa
Facultades de los órganos federales y locales en el Distrito Federal:
a) Congreso de la Unión
Legisla en lo relativo del Distrito Federal, con la excepción de las materias expresamente conferidas a la Asamblea Legislativa
Expedir el estatuto de gobierno
Legislar en materia de deuda publica
Dictar disposiciones generales que aseguren el debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los poderes de la Unión
Las demás que señale la Ley
b) Presidente de la República
Al titular del ejecutivo le corresponde
Iniciar Leyes ante el Congreso Federal
Proponer al Senado al sustituto del Jefe de Gobierno
Enviar al Congreso Federal la propuesta de montos de endeudamiento de Gobierno
Las demás que señale la Ley

c) Asamblea Legislativa: órgano legislativo
Expedir su Ley orgánica que organiza la Asamblea
Examinar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos y la ley de ingresos
Revisar la cuenta publica del año anterior
Nombrar a quien deba sustituir al Jefe de Gobierno
Expedir las disposiciones legales para organizar la hacienda publica, la Contaduría mayor y el presupuesto, la contabilidad y el gasto publico
Expedir que rijan las elecciones locales
Legislar en materia de administración publica local
Legislar en materia civil y penal
Legislar en materia de planeación de desarrollo
Regular la prestación y la concesión de los servicios públicos
Expedir normas sobre el fomento económico y protección al empleado
El jefe de gobierno debe ser por elección directa
Para ser jefe de gobierno:
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento
b) En pleno goce de sus derechos
c) Tener residencia efectiva de tres años interrumpidos
d) Tener cuanto menos treinta años cumplidos
e) No haber desempeñado el cargo de jefe de gobierno anteriormente
El jefe de gobierno ejercerá las siguientes atribuciones
a) Tendrá a su cargo el Ejecutivo y la Administración Publica de la entidad
b) Cumplir y ejecutar las leyes relativas que expida el Congreso de la Unión
c) Promulgar. Publicar y ejecutar las leyes que expida la Asamblea Legislativa
d) Presentar iniciativas de ley o decretos ante la Asamblea Legislativa
e) Nombrar y remover libremente a los servidores públicos dependientes de órgano ejecutivo
f) Ejercer las funciones de dirección de los servicios de seguridad publica


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domingo, 7 de octubre de 2007

ADMINISTRACION PÚBLICA

Deriva de latín –Administratio que significa “servir a”


Implica la idea de “prestación deservicios” o “de manejo de intereses dirigidos a un fin “
Sentido objetivo: es la actividad que de manara concreta, inmediata, continua y espontánea realizan los órganos del Edo para atender los intereses públicos

Sentido subjetivo: Es el conjunto de órganos estructurados dentro del poder ejecutivo

L a administración pública federal no tiene personalidad jurídica solo e es el medio o el instrumento para que el estado cumpla con sus fines

Órgano: Es la persona física que ejerce las atribuciones que el orden jurídico le confiere de tal manara se habla de órgano persona o de órgano individuo

Órgano: Conjunto de atribuciones o competencias que son ejercidas por el servicio público se le llama órgano oficio - órgano jurídico.

TEORIA DE REPRESENTACION

La integran dos elementos
- La persona jurídico administrativa a quien al norma legal le otorga competencia
- Individuo físico – manifiesta su voluntad
Para que exista la representación es necesario un acuerdo de voluntades

Sujeto: representación del órgano

TEORIA DEL ORGANO

Esta determinada por dos tipos de relaciones denominadas
Orgánica: se establece entre el titular y el órgano se da la función administrativa del órgano y se derivan derechos y obligaciones

Servicios: servidor publico –órgano se derivan derechos y obligaciones personales

El órgano es la unidad que resulta de la persona y las atribuciones mas los medios puestos a su disposición para el funcionamiento.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA



Es la ordenación de los elementos necesarios para seguir determinados fines y para asegurar una adecuada integración y coronación de las actividades

Esta estructurada por tres poderes: ejecutivo legislativo y judicial

La función administrativa se lleva acabo dentro del poder ejecutivo

CENTRALIZACION

Es la estructura en al cual el conjunto de órganos administrativos de un país están enlazados bajo la dirección de un órgano central único

Se deriva de ley orgánica de administración pública
-Presidente de la Republica
- Secretarios de Estado
- Departamentos de administración
- Conserjería jurídica del ejecutivo federal

v Facultades de decisión y mando se encuentran concentradas en los órganos superiores
v Su personalidad jurídica es la misma del estado
v Sus facultades son dadas por la constitución ley o reglamento
v Es creada por ley
v Tiene organización jearquizada de acuerdo con la constitución y la ley reglamentaria

DESCENTRALIZACION

v Existe transferencia de facultades de decisión y mando a órganos desvinculados de la administración centralizada
v Tiene autonomía plena
v Personalidad y patrimonio propio
v Es creada por ley o por redecretó
v Esta sujeta al control de la administración centralizada


DESCONCENTRACION

v L as facultades de decisión y mando son transferidas órganos inferiores
v Se encuentra vinculada por el poder jerárquico con el órgano centralizado del que depende
v Tiene cierta libertad técnica y administrativa
v Se crea por ley reglamento por decreto administrativo

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

Constituye una técnica que sirve para lograr la unidad de la actuación de la administración publica en su conjunto

Se divide en: FEDERACION
ESTADOS
MUNICIPIOS

La coordinación se realiza principalmente en materia
-salud publica
- comisiones agrarias mixtas
- comités de planeacion para el desarrollo de los Estados

CLASIFICACION DE LOS ORGANOS

Unipersonal: un solo titular
Pluripersonal: por dos o más personas
Función: activos – emiten al voluntad
Consultivos-declaración de juicios de asesorias y de opinión
Control –comprobar la debida actuación de los demás órganos

JERARQUIA

Vinculo que liga a las unidades que integran toda organización colocando una respecto de otras , en una relación de dependencia da estabilidad y cohesión .

IDENTIDAD DE MATERIA : Que exista una relación en razón de grado ejemplo secretaria de hacienda y crédito publico
Director de radio y televisión y cinematografía